El Gobierno aprueba una aclaración sobre las retribuciones de los gestores públicos en Portugal


LISBOA.- El Gobierno luso ha aprobado hoy un decreto ley que aclara los términos en los que los gestores públicos pueden optar en Portugal por la media de las retribuciones de los últimos tres años, según un comunicado del Consejo de Ministros


En el comunicado, el Ejecutivo indica que "se ha aprobado un decreto ley que aclara los términos en los que los gestores públicos pueden optar por la media de las retribuciones de los últimos tres años".

Este decreto-ley "realiza una adecuación del Estatuto del Gestor Público, con el fin de incrementar la seguridad y certeza jurídica en cuanto a la opción de los directivos públicos por la retribución media de los últimos tres años, con independencia de la naturaleza y forma de la relación jurídica establecida con la entidad en la que hayan desarrollado su actividad profesional durante ese periodo", reza el comunicado.

El Estatuto del Gestor Público define, entre otras cosas, que la remuneración de los directivos públicos no puede ser superior a la del Primer Ministro.

Aun así, este estatuto, recogido en el decreto-ley núm. Nº 71/2007, establece que "en el caso de las empresas cuya función principal sea la producción de bienes y servicios de mercado, incluidos los servicios financieros, y que compitan en el mercado, mediante autorización expresa del miembro del Gobierno responsable de las finanzas, los gestores podrán optar por el valor con el límite de la remuneración media de los tres últimos años del lugar de origen", siendo "aplicado el coeficiente de actualización resultante de las correspondientes tasas de variación media anual del índice de precios al consumo calculado por el Instituto Nacional de Estadística", y "deberá ser objeto de orden motivada y publicada en el Diario de la República".

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